Thursday, March 22, 2012

Florida DUI y Derecho Administrativo de suspensión

* Nota: Este resumen fue preparado por el Departamento de Seguridad en las Carreteras y Vehículos Motorizados y debe ser utilizado únicamente como referencia. Los interesados ​​deben consultar el texto completo de la ley antes de sacar conclusiones legales.
DUI (conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, sustancias químicas o sustancias controladas). s. 316.193, fs

    
Bajo la ley de Florida, DUI es un delito, probada por deterioro de las facultades normales de alcohol en la sangre o ilegales o el nivel de alcohol en el aliento de .08 o más. Las sanciones al ser convicto son los mismos, independientemente de la forma en que se comprueba la infracción.
Espalda
Horario de Bellas s. 316.193 (2) (a) - (b), fs

    
Primera convicción: No menos de $ 500, o más de $ 1.000. Con un nivel de alcohol en la sangre / aliento (BAL) de .15 o mayor o menor en el vehículo: No menos de $ 1.000, o más de $ 2.000.

    
Segunda convicción: No menos de $ 1.000, o más de $ 2.000. Con un BAL de .15 o mayor o menor en el vehículo: No menos de $ 2.000, o más de $ 4.000.
    
Tercera condena de más de 10 años a partir de segundo: No menos de $ 2.000, o más de $ 5.000. Con un BAL de .15 o mayor o menor en el vehículo: No menos de $ 4.000.
    
Cuarta condena o posterior: No menos de $ 2.000.
Espalda
Servicio a la Comunidad - s. 316.193 (6) (a), fs

    
Primera convicción: 50 horas de servicio comunitario o una multa adicional de $ 10 por cada hora de servicio a la comunidad requiere.
Espalda
Libertad Condicional - s. 316,193 (5) (6), fs

    
La primera condena, el período total de la libertad condicional y la prisión no podrá exceder de un año.
Espalda
Prisión-s. 316.193 (2) (a) 2, 4 (b), (6) (j), fs

    
A discreción del tribunal, los términos de la sentencia podrán cumplirse en el alcoholismo o el programa residencial de tratamiento del abuso de drogas, atribuye al término de prisión.

    
Primera convicción: No más de 6 meses. Con un BAL de .15 o mayor o menor en el vehículo: No más de 9 meses.

    
La segunda convicción: No más de 9 meses. Con un BAL de .15 o mayor o menor en el vehículo: No más de 12 meses. Si la segunda convicción en 5 años, pena de prisión obligatoria de al menos 10 días. Por lo menos 48 horas de confinamiento deben ser consecutivas.

    
Tercera condena: Si tercera condena dentro de los 10 años, de prisión obligatorio de por lo menos 30 días. Por lo menos 48 horas de confinamiento deben ser consecutivas. Si tercera condena de más de 10 años, el encarcelamiento por no más de 12 meses.

    
Cuarta condena o posterior: No más de 5 años o según lo dispuesto en s.775.084 Estatutos de la Florida, como ofensor habitual / violento.
Espalda
Embalse de la inmovilización del vehículo - s. 316.193 (6), fs

    
A menos que la familia del acusado no tiene otro medio de transporte: Primera convicción = 10 días; segunda convicción en 5 años = 30 días; tercera condena dentro de los 10 años = 90 días. El depósito o la inmovilización no debe ocurrir simultáneamente con el encarcelamiento. El tribunal puede desestimar la orden de depósito de los vehículos que son propiedad del demandado si son operados únicamente por los empleados de la parte demandada o cualquier empresa de propiedad de la parte demandada.
Espalda
Condiciones para la liberación de personas arrestadas por DUI-s. 316.193 (9), fs

    
La persona ya no está bajo la influencia y;
    
Facultades normales de la persona afectada ya no se
    
La persona en la sangre / aliento nivel de alcohol es inferior a 0,05, o
    
Han transcurrido ocho horas desde el momento del arresto de la persona.
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Condena de delito menor de DUI: (Accidente que involucra daños a la propiedad o lesiones personales)-s. 316.193 (3), fs

    
Cualquier persona que cause daños a la propiedad o lesiones personales a otro mientras conduce bajo la influencia es culpable de un delito menor de primer grado (no más de $ 1,000 de multa o prisión de 1 año).
Espalda
Condena por delito mayor de DUI: (Ofensores reincidentes o accidentes con lesiones corporales graves)-s. 316.193 (2), (3) fs

    
Toda persona declarada culpable de un tercer DUI dentro de los 10 años o un cuarto de DUI o subsiguiente comete un delito de tercer grado (no más de $ 5,000 de multa y prisión / o 5 años).

    
Cualquier persona que cause lesiones corporales graves, mientras que la conducción bajo la influencia es culpable de un delito de tercer grado (no más de $ 5,000 de multa y prisión / o 5 años) o si es habitual / violento delincuente delito grave conforme a lo dispuesto en el s. 775.084, fs
Espalda
Homicidio y Homicidio vehicular-s. 316.193 (3), fs

    
DUI / Homicidio: crimen de segundo grado (no más de $ 10,000 de multa y / o 15 años de prisión).

    
Homicidio impremeditado por DUI / Abandonar la escena: Un conductor convicto de homicidio impremeditado por DUI que sabía / debería haber sabido que ocurrió un accidente y no dar información o ayuda es culpable de un delito de primer grado (no más de $ 10,000 de multa y prisión / o 30 años) .

    
Homicidio vehicular: crimen de segundo grado (no más de $ 10,000 de multa y / o pena de prisión de 15 años).

    
Homicidio vehicular / salida de la escena: Un conductor convicto de homicidio vehicular que abandona la escena de un accidente es culpable de un delito de primer grado (no más de $ 10,000 de multa y / o pena de prisión de 30 años).
Espalda
PERÍODOS DE REVOCACIÓN DE LA LICENCIA DUI-s. 322.271, fs y s. 322,28, fs

    
A. Primera convicción: mínimo de 180 días la revocación, máximo 1 año.

    
B. Segunda convicción en 5 años: revocación mínima de 5 años. Puede calificar para reinstalación por dificultades después de 1 año. Otros delincuentes 2do mismos como "A" anterior.

    
C. Tercera convicción Dentro de los 10 años de la segunda condena: revocación mínima de 10 años. Puede ser eligible para una reinstalación por dificultades personales después de dos años.

    
D. Cuarta convicción, independientemente de cuándo ocurrieron las convicciones previas) y homicidio con un vehículo de motor: Revocación permanente obligatoria. No reinstalación por dificultades personales.

    
E. Homicidio impremeditado por DUI: Revocación permanente obligatoria. Si no tiene convicciones previas relacionadas con DUI, puede ser elegible para reinstalación por dificultades personales después de 5 años.

    
Homicidio F., lesiones corporales graves por DUI, u homicidio vehicular: Mínimo 3 años de caducidad. Lesiones corporales graves por DUI con convicción previa por DUI es lo mismo que "BD" anteriores.
EspaldaLos vehículos comerciales (CMV) - Relacionados con el Alcohol condenas o penas privativas de derechos-s. 322,61, fs

    
Las personas condenadas por conducir un vehículo comercial con un nivel de alcohol en la sangre de .04 o más: la conducción de un vehículo de motor mientras él o ella está bajo la influencia de alcohol o una sustancia controlada o negarse a someterse a una prueba para determinar la concentración de alcohol, mientras que la conducción de un vehículo comercial, conduciendo un vehículo motorizado comercial bajo la influencia del alcohol o sustancia controlada, o conducir un vehículo motorizado comercial mientras esté en posesión de una sustancia controlada será descalificado para operar un vehículo de motor durante un período de 1 año. Esto es en adición a las disposiciones de la s. 316.193 para las condenas de DUI.

    
Segunda o subsiguiente condena de cualquiera de los delitos anteriores que surjan de incidentes separados resultarán en la descalificación permanente de operar un vehículo motorizado comercial.

    
No existen disposiciones para personas inhabilitadas para operar un vehículo motorizado comercial para obtener una dificultad (de negocios o empleo) la licencia para operar un vehículo comercial.
Espalda
Sólo con fines comerciales / de empleo sólo con fines Reinstalaciones-s. 322.271, fs y s. 322,28, fs

    
Primera convicción: Deberá completar la escuela de DUI, solicitar al departamento una vista para reinstalación por dificultades posible. De encendido obligatorio dispositivo de bloqueo para un máximo de seis meses para BAL de .15.

    
Convicciones segundo (o más): Sin licencia dificultades con las siguientes excepciones. Obligatorio de bloqueo de encendido del dispositivo durante un año o dos años si el BAL es mayor que 0,20.

    
Segunda convicción dentro de 5 años: (5-años de revocación) Puede solicitar una audiencia para reinstalación por dificultades después de un año. Debe completar la escuela de DUI y permanecer en el programa de supervisión por DUI durante el resto del período de revocación (no reportarse para asesoramiento o tratamiento resultará en la cancelación de la licencia por dificultades personales). El solicitante no debe haber consumido alguna bebida alcohólica o sustancia controlada o conducido un vehículo de motor durante 12 meses antes de la reincorporación. Obligatorio de bloqueo de encendido del dispositivo durante un año o dos años si el BAL es mayor que 0,15.

    
Tercera condena en 10 años: (10-años de revocación) Puede solicitar una audiencia para reinstalación por dificultades después de dos años. Debe completar la escuela de DUI y permanecer en el programa de supervisión por DUI durante el resto del período de revocación (no reportarse para asesoramiento o tratamiento resultará en la cancelación de la licencia por dificultades personales). El solicitante no debe haber consumido alguna bebida alcohólica o sustancia controlada o conducido un vehículo de motor durante 12 meses antes de la reincorporación. Obligatorio el dispositivo de bloqueo de encendido durante dos años.

    
Homicidio impremeditado por DUI sin ninguna convicción previa relacionada con DUI: (Revocación permanente): Puede calificar para reinstalación por dificultades después de 5 años han transcurrido desde la fecha de caducidad o vencimiento de la fecha de término de encarcelamiento, siempre con los siguientes requisitos se han cumplido:

    
1. No ha sido arrestado por un delito relacionado con drogas durante al menos 5 años antes de la audiencia;

    
2. No ha conducido un vehículo de motor sin licencia durante al menos 5 años antes de la audiencia;

    
3. Ha sido el alcohol y sin drogas durante al menos 5 años antes de la audiencia, y

    
4. Deberá completar la escuela de DUI y estar supervisado bajo el programa de DUI durante el resto del período de revocación (no reportarse para asesoramiento o tratamiento resultará en la cancelación de la licencia por dificultades personales).

    
5. Dispositivo de bloqueo de encendido se requiere por dos años.

    
Homicidio, lesiones corporales graves por DUI, u homicidio vehicular: (Revocación de 3 años): Puede solicitar inmediatamente una audiencia de reinstalación por dificultades personales. Debe completar la escuela de DUI o curso avanzado de mejoramiento del conductor.
Espalda
Requisitos de la escuela de DUI - S. 316.193 fs, s. 322.271, fs, s. 322.291, fs

    
Primera convicción: Debe completar la escuela de DUI antes de la reinstalación por dificultades. Los clientes que esperan a cabo el período de revocación antes de la reinstalación sólo tiene que mostrar un comprobante de la inscripción o la finalización de convertirse de nuevo la licencia. Si el cliente se inscribe y se reincorpore al período de revocación expire, el fracaso para completar la escuela de DUI dentro de los 90 días después de la restitución resultará en la cancelación de licencia, el conductor no puede ser re-licenciado hasta la escuela de DUI se ha completado.

    
La segunda convicción en 5 años (5 años de revocación) o tercera condena en 10 años (10-años de revocación): El cliente debe completar la condena por DUI escolar. Consulte los requisitos en 13C y 13D, respectivamente.

    
Homicidio impremeditado por DUI sin ninguna convicción previa relacionada con DUI: (Revocación permanente): Debe completar la escuela de DUI antes de la reinstalación por dificultades.

    
Homicidio Homicidio, lesiones corporales graves por DUI, o vehicular: (Revocación mínima de 3 años): Véase el 13F

    
Los clientes que esperan hasta el período de revocación caduca: Debe inscribirse en la escuela de DUI y aprobar los exámenes de licencias de conducir para ser re-autorizadas. El no completar la escuela dentro de 90 días después de dicha reinstalación resultará en la cancelación de la licencia hasta que la escuela se ha completado.

    
Conducir de manera imprudente: si el tribunal tiene causa razonable para creer que el uso de sustancias de alcohol, sustancias químicas o controladas contribuyó a una violación de la conducción temeraria, la persona condenada por conducir imprudentemente deberá completar la escuela de DUI si es ordenado por el tribunal.

    
Tratamiento: El tratamiento que resulta de una evaluación psico-social no se puede renunciar sin una evaluación psicosocial de apoyo por un organismo designado por la corte con el acceso a la evaluación original.
Espalda
Disposiciones químicos o físicos de prueba (Ley de Consentimiento Implícito)-s. 316.1932, fs, s. 316.1933, fs, s. 316.1934, F.S, s. 316.1939 y F.S

    
Negación: Negarse a someterse a un aliento, la orina o de sangre es admisible como prueba en un proceso penal por DUI. La negativa de segunda o posterior es un delito menor de primer grado.

    
Períodos de suspensión de licencia: Primera negación, suspensión de 1 año. Segunda negación y subsiguientes, suspendido por 18 meses.

    
Períodos de descalificación de conducir comercial: Primera negación de licencia en un vehículo de motor comercial, descalificación por un año. Segunda negación y subsiguientes en un vehículo de motor comercial, descalificación permanente. No permite la reinstalación por dificultades.

    
Retirada por la fuerza de la sangre: Si es necesario, la sangre podrá ser retirada en casos de DUI implican lesiones corporales graves o la muerte por personal sanitario autorizado con el uso de fuerza razonable por el oficial de arresto, incluso si el conductor se niega.

    
Inconsciente: Cualquier persona que es incapaz de negarse debido a la pérdida de conocimiento u otra condición física o mental, se considerará que no ha retirado su consentimiento para dicha prueba. Un análisis de sangre se puede administrar si dicha persona se le dice que su incapacidad para someterse a una prueba de sangre dará lugar a la suspensión de su privilegio de operar un vehículo de motor.

    
Dispositivos portátiles de alcohol en aire espirado: Autorizado por s.322.2616, FS, para las personas menores de 21 años. La lectura es admisible como evidencia en una audiencia administrativa llevada a cabo bajo la s. 322.2616, fs
Espalda
Enjuiciamiento y sentencia - s. 316.656, fs, s. 322.2615 fs

    
Sanción a ser impuesta por el tribunal: los jueces se les prohíbe desviarse de las suspensión / revocación administrativos ordenados por estatuto períodos. Los tribunales se les prohíbe retener la adjudicación en los casos de DUI, o de la reducción de un cargo de DUI si el alcohol de la sangre del demandado era .15 o mayor.
Espalda
Conducir con licencia suspendida o revocada-s. 322,34, fs

    
Cualquier persona cuya licencia / permiso se suspendió por conducir con un nivel de alcohol ilegal, o revocada por DUI, Homicidio por DUI u Homicidio Vehicular, o por cualquier otro delito ordenado por el tribunal y que cause la muerte o lesiones corporales graves a otra persona por operar un vehículo de motor de una manera descuidada o negligente es culpable de un delito grave de 3er grado, punible por un término de prisión de no más de 5 años, una. multa que no exceda $ 5,000, o ambas cosas
Espalda
La suspensión administrativa de las personas menores de 21 años por conducir con un nivel de alcohol de .02 o más

    
Sección 322.2616, Estatutos de la Florida, autoriza a los agentes del orden que tienen causa probable para creer que un vehículo de motor está siendo impulsado por o está en control físico real de una persona que está bajo la edad de 21 años bajo la influencia de bebidas alcohólicas o que tiene cualquier nivel de alcohol puede legalmente detener a esta persona y puede solicitarlas a someterse a una prueba para determinar el nivel de alcohol. Esta violación no es una infracción de tránsito, ni un delito, ni ser detenidos en virtud de esta ley constituye un arresto.

    
Primera suspensión para personas menores de 21 años con un nivel de alcohol de .02 o superior: 6 meses.

    
Suspensiones segunda o posterior de 1 año.

    
Primera suspensión por negarse a someterse a la prueba de aliento: 1 año.

    
Segunda suspensión o suspensiones subsiguientes por negarse: 18 meses.

    
La suspensión es efectiva de inmediato. Si la respiración o el nivel de alcohol en la sangre es .05 o más, la suspensión permanecerá en efecto hasta que se complete una evaluación de abuso de sustancias y el curso. El oficial se emitirá al conductor un permiso temporal vigente durante 12 horas después de la emisión, que tiene una validez de 10 días, siempre y cuando el conductor califique.
Espalda
Ley de Suspensión Administrativa - s. 322.2615, fs, s. 316.193, fs, s. 316.1932, fs

    
Primera suspensión por conducir con un nivel de alcohol ilegal (.08 o más): 6 meses.

    
Segunda suspensión o suspensiones subsiguientes por conducir con un nivel de alcohol ilegal (.08 o más): 1 año.

    
Primera suspensión por negarse a someterse a la prueba de aliento, orina o sangre: 1 año.

    
Segunda suspensión o suspensiones subsiguientes por negarse: 18 meses.

    
La suspensión es efectiva de inmediato el oficial se emitirá al conductor un permiso temporal válido por 10 días a partir de la fecha de la detención, siempre y cuando el conductor califique.
Espalda
Ley Administrativa de Descalificación

    
Descalificación En primer lugar por conducir un vehículo de motor comercial con un nivel sanguíneo de alcohol ilegal (.04 o más): 1 año de descalificación
    
la conducción de un vehículo de motor mientras él o ella está bajo la influencia del alcohol o una sustancia controlada: 1 año inhabilitación
    
Descalificación En primer lugar por negarse a someterse a la prueba de aliento, orina o sangre que surja de la operación de un vehículo de motor comercial: 1 año de inhabilitación

    
Segunda descalificación o descalificaciones subsiguientes por negarse a someterse a una de aliento, orina o de sangre surja de la operación de un vehículo de motor comercial: descalificación permanente.

    
Segunda descalificación o descalificaciones subsiguientes por conducir un vehículo de motor mientras él o ella está bajo la influencia de alcohol o una sustancia controlada: la descalificación permanente

    
La descalificación entra en vigor inmediatamente después de la negativa de la prueba de aliento, sangre u orina o la determinación de que el conductor tiene un nivel de alcohol en la sangre de .08 o más, mientras se conduce o en control físico real de un vehículo comercial. El oficial se emitirá al conductor un permiso temporal que es válida por 10 días a partir de la fecha de la detención o privación de derechos, siempre y cuando el conductor califique. Sin embargo, el permiso no autoriza la operación de un vehículo de motor durante las primeras 24 horas de descalificación.
Audiencias de Revisión para las suspensiones e inhabilitaciones administrativas

    
Secciones s. 322.2615 y s. 322.64, FS, autorizo ​​al Departamento de Seguridad en las Carreteras y Vehículos Motorizados, a petición del conductor para llevar a cabo revisiones formales e informales con el fin de mantener, modificar o invalidar las suspensiones administrativas y las inhabilitaciones. Las decisiones del departamento no serán considerados en un proceso por una violación de los s. 316.193, FS, ni ninguna declaración escrita presentada por una persona en su solicitud de revisión será admisible como prueba en su contra en tal juicio. La disposición de las causas penales relacionadas con el no afectará a una suspensión / descalificación.
Comerciales o de empleo Restablecimiento:

    
1.Suspension por conducir con un nivel de alcohol ilegal de .08 o más o la denegación: Debe mostrar prueba de inscripción en la escuela de DUI y solicitar una vista administrativa para posible reinstalación por dificultades. Por nivel de alcohol ilegal debe cumplir 30 días sin licencia o permiso de conducir antes de calificar para reinstalación por dificultades personales. Por primera opción tiene que servir 90 días sin licencia o permiso de conducir antes de calificar para reinstalación por dificultades personales. No reinstalación por dificultades personales para dos o más negativas.

    
2. Suspensión - Personas menores de 21 años conducir con una tasa alcohol en el aliento de .02 o superior: Debe completar una Ley de Tránsito y el curso de Abuso de Sustancias de Educación antes de la reinstalación por dificultades. 0.05 o superior, deberá completar la escuela de DUI antes de calificar para reinstalación por dificultades personales. Deberán servir 30 días sin licencia o permiso de conducir antes de calificar para reinstalación por dificultades personales.
Licencia por dificultades personales prohibida:

    
1. Las leyes de Florida prohíben la reinstalación molestia tras la suspensión segunda o posterior para la denegación de prueba o si el conductor ha sido condenado por (DUI) la sección 316.193, FS, dos o más veces.

    
2. Las personas inhabilitadas para operar un vehículo motorizado comercial no puede obtener una licencia de emergencia para operar un vehículo comercial.

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